CONVOCATORIAS ABIERTAS
Andalucía TRADE
Andalucía TRADE es la Agencia Pública Empresarial para la Transformación y el Desarrollo Económico, que aglutina toda la actividad de apoyo al sector empresarial andaluz
Gestiona: Junta de Andalucía
¿PARA QUIÉN? Pymes, autónomos y empresas de economía social
Hasta 200.000€ de subvención
INICIO: mayo 2024
5 LÍNEAS DE INCENTIVOS PARA EMPRESAS ANDALUZAS
Tiene como objetivo favorecer el desarrollo empresarial e industrial de Andalucía, mediante la creación de actividad económica, la mejora de la competitividad y la ampliación del tamaño de las pequeñas y de las medianas empresas (incluidas microempresas) existentes en Andalucía. Contempla incentivos de hasta el 60% para pequeñas empresas y de hasta el 50% para las medianas, sobre la inversión subvencionable.
Está destinada a pequeñas empresas de cinco o menos años de antigüedad, con proyectos a partir de 30.000 euros de inversión, y contempla incentivos de hasta el 65% de la inversión subvencionable, con un tope máximo de 800.000 euros.
Está destinada a apoyar nuevos proyectos con dos o menos años de antigüedad que supongan una inversión a partir de 10.000 euros, para lo que pueden recibir subvenciones de hasta el 60% para pequeñas y de hasta el 50% para medianas con un tope máximo de 100.000 euros.
Destinada a favorecer la digitalización de los procesos empresariales en las pymes de Andalucía, con un máximo de 200.000 euros por proyecto.
Su objetivo es promover este tipo de proyectos en Andalucía, en el marco de las actividades establecidas en la Estrategia de Especialización Inteligente para la Sostenibilidad de Andalucía, S4 Andalucía.
BONO KIT DIGITAL
Iniciativa del Gobierno de España, que tiene como objetivo subvencionar la implantación de soluciones digitales disponibles en el mercado para conseguir un avance significativo en el nivel de madurez digital
Hasta 12.000€ de subvención para:
- Creación de la web de tu empresa
- Poner en marcha una tienda de comercio electrónico
- Creación de las redes sociales de tu empresa
- Implantar soluciones de oficina virtual que impulse tu negocio
¿PARA QUIÉN? Pymes, autónomos, sociedad civil, comunidad de bienes o tienes una explotación agraria.
SEGMENTOS
SEGMENTO I
- Empresas de entre 10 y menos de 50 empleados
- Hasta 12.000 €
- Solicitud hasta el 31 de diciembre de 2024
SEGMENTO II
- Empresas de entre 3 y menos de 10 empleados
- 000 €
- Solicitud hasta el 31 de diciembre de 2024
SEGMENTO III
- De 0 a menos de 3 empleados
- 000 € (1.000€ para dispositivos electrónicos)
- Solicitud hasta el 31 de diciembre de 2024
SEGMENTO IV
- De entre 50 y menos de 100 empleados
- Pendiente €
- Solicitud hasta el 31 de diciembre de 2024
Emprendedoras digitales
El objetivo de este programa es apoyar e impulsar, a través de la financiación, proyectos de emprendimiento digital femenino y reducir la brecha de género existente en este ámbito.
El Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, MINECO, destinará hasta 51 millones de euros en los próximos tres años para impulsar el emprendimiento digital femenino, a través de la línea de financiación ENISA Emprendedoras Digitales.
Hasta 51 millones de €
INICIO: mayo 2024
¿PARA QUIÉN? está dirigida tanto a empresas de nueva creación como a aquellas que estén considerando un proyecto de consolidación, crecimiento o internacionalización.
REQUISITOS
Podrán obtener los préstamos participativos las pequeñas y medianas empresas emergentes o en crecimiento en las que una o varias mujeres ostenten una posición relevante de liderazgo o de poder dentro de sociedad: en el accionariado, en el órgano de administración o formando parte del equipo directivo.
- Domicilio social en España.
- Ser una pyme, conforme a la definición de la Unión Europea.
- Tener personalidad jurídica propia, independiente de la de los socios o partícipes.
- El proyecto empresarial ha de demostrar su viabilidad técnica y económica, y presentar un modelo de negocio innovador, novedoso o con claras ventajas competitivas.
- La empresa prestataria deberá cofinanciar las necesidades financieras asociadas al proyecto empresarial.
- Los fondos propios de la sociedad serán equivalentes, como mínimo, a la cuantía del préstamo.
- La empresa que solicite un préstamo Enisa deberá mostrar una estructura financiera equilibrada y profesionalidad en su gestión.
- Deberán presentarse las cuentas del último ejercicio cerrado, que habrán sido depositadas en el Registro Mercantil o en otro registro público que proceda.
- La empresa que reciba un préstamo Enisa, por un importe superior a 300.000 €, deberá tener auditados externamente los estados financieros del último ejercicio cerrado.
- Quedan excluidas las empresas cuya actividad corresponda a los sectores inmobiliario y financiero.
CONDICIONES
- Importe mínimo del préstamo: 25 000 €.
- Importe máximo del préstamo: 1 500 000 €.
- Para la determinación del importe se valorará, entre otros factores, la cuantía de fondos propios y la estructura financiera de la sociedad.
- El tipo de interés se aplicará en dos tramos: - 1º : euríbor + 3,75 % - 2º tramo: aplicamos un interés variable en función de la rentabilidad financiera de tu empresa, con un límite máximo establecido entre el 3 % y el 8 %, de acuerdo con la calificación (rating) de la operación.
- Comisión de apertura: 0,5 %.
- Vencimiento: máximo, 9 años.
- Carencia de principal: máximo, 7 años.
- Comisión por amortización anticipada: equivalente al importe que el préstamo hubiese devengado en concepto de segundo tramo de intereses si el préstamo se hubiera amortizado en los plazos acordados y el segundo tramo de interés se hubiese liquidado al tipo máximo, deduciendo los intereses de segundo tramo devengados hasta la fecha de amortización anticipada.
- En el caso de cambio en la mayoría de control de la empresa prestataria y/o de transmisión global por cualquier título de los activos de la empresa prestataria, se establece la opción a favor de ENISA de declarar el vencimiento anticipado del préstamo. En el caso de ejercer dicha opción, se establecerá una penalización por vencimiento anticipado, equivalente al importe que el préstamo hubiese devengado en concepto de segundo tramo de intereses -si el préstamo se hubiera amortizado en los plazos acordados y el segundo tramo de interés se hubiese liquidado al tipo máximo-, deduciendo los intereses de segundo tramo devengados hasta la fecha de vencimiento anticipado.
- La amortización de intereses y principal es trimestral.
- Para la concesión del préstamo no se exigirán garantías adicionales a las del propio proyecto empresarial.